http://www.codigotecnico.org/web/recursos/documentosadicionales/complementarios/texto_0004.html
Para el cálculo de la calificación energética de los edificios, la entrada en vigor de dicha Orden imposibilita la utilización del “Procedimiento 1 de cálculo opción simplificada. Viviendas” y de la “Memoria del procedimiento de cálculo opción simplificada” incluidos en el apartado de Procedimientos simplificados de carácter prescriptivo para edificios de viviendas del actual Registro de documentos reconocidos.
También ha publicado una nota informativa el Ministerio de Industria, Energía y Comercio, relativa a la certificación energética de edificios
La certificación de eficiencia energética de edificios no se ve alterada el 13 de marzo de 2014, con independencia de los cambios introducidos en los documentos HE del CTE 2013, y se seguirá operando con los valores que marca el DB-HE 2006. Por tanto, para el cálculo de la certificación energética, los ficheros climáticos que se deben utilizar son los incluídos en las herramientas de cálculo actualmente reconocidas, correspondientes al DB-HE 2006.
Las herramientas de cálculo Calener VYP, Calener GT, Cerma, CE2, CE3 y CE3x siguen siendo válidas para el cálculo de la calificación energética de los edificios de nueva construcción y existentes, según corresponda. En el futuro próximo, se llevarán a cabo ciertas modificaciones en el ámbito de la Certificación Energética de Edificios, para adecuar estas herramientas de cálculo a las nuevas exigencias del CTE-HE.
Fuente: Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.